1.
¿Qué
es la donación y el trasplante de órganos y tejidos?
La donación es un acto voluntario
por el cual una persona en vida o su familia después de la muerte autorizan la
extracción de órganos y tejidos para trasplante, con el fin de ayudar a otras personas.
La donación es
desinteresada y altruista,
ya que por
ella no existe remuneración o retribución para el
donante o su familia. Por cada donante de órganos y tejidos se pueden
beneficiar más de 55 personas.
El trasplante de órganos es un
tratamiento médico por medio del cual órganos, tejidos y células enfermas son
reemplazados por las de un donante. Estos procedimientos ofrecen excelentes resultados
en la calidad de vida de las personas, además de prolongarla.
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2.
¿Qué
órganos y tejidos se donan y se trasplantan en Colombia?
Órganos: corazón, pulmones, hígado, riñones, intestino, páncreas.
Tejidos: corneas, piel, huesos, médula ósea, vasos sanguíneos,
válvulas cardiacas, cartílagos, tendones, esclera, membrana amniótica.
3.
¿Qué
mitos existen en torno a la donación de órganos y tejidos?
Existen mitos que han sido creados
por personas inescrupulosas en todo el mundo para generar confusión y temor
respecto al tema. Los más comunes son:
• El donante queda desfigurado
NO ES CIERTO. El cuerpo del donante no
sufre deformación alguna. La obtención de órganos y tejidos es realizada por
especialistas. Una vez termina el procedimiento, el donante conserva su
estética corporal para que posteriormente el cadáver sea entregado a la
familia.
• Existe tráfico de órganos
NO ES CIERTO. En Colombia la Ley 73 de
1988, la Ley 919 de 2004 y el Decreto 2493 de 2004 prohíben esta práctica,
considerándola un delito. De igual forma todo el proceso de donación y
trasplantes es vigilado y coordinado por entidades estatales como el Ministerio
de Salud y Protección Social, el Instituto Nacional de Salud y las Secretarías
de Salud.
Así mismo, los
trasplantes de órganos y tejidos, por ser procedimientos de alta complejidad,
son realizados en instituciones que cuentan con una infraestructura adecuada y
un personal entrenado específicamente en esa área. Cada procedimiento realizado
es vigilado y controlado.
• Las religiones no aceptan la donación de
órganos y tejidos
NO ES CIERTO. Muchas religiones del
mundo, incluyendo la católica, están a favor de la donación de órganos y
tejidos, y lo ven como un acto de ayuda y solidaridad hacía otro ser humano.
4.
¿La
donación y el trasplante de órganos tienen algún costo?
El trasplante de riñón, hígado,
corazón, córnea y médula ósea están incluidos en el Plan Obligatorio de Salud
(POS) y por ende no tienen ningún costo. En caso de otros trasplantes también
son cubiertos por el sistema de salud. Las personas que necesitan de algún tratamiento
de trasplante de órganos y/o tejidos pueden acceder a él sin importar sexo, religión
o condición económica.
5.
¿Por
qué es importante donar órganos y/o tejidos?
Es importante donar para salvar y
mejorar la calidad de vida de otros colombianos que necesitan un trasplante de
órganos y/o tejidos, y pueden acceder al tratamiento sin importar sexo,
religión o condición económica. La donación es un acto de solidaridad de la
sociedad que se devuelve a ella misma. No es posible la realización de
procedimientos de trasplante sin la donación.
6.
¿En
todas las ciudades hacen trasplantes y donde se realizan los procesos de
donación?
En Colombia se encuentran
habilitados únicamente 26 clínicas y hospitales con programa de trasplante e
inscritos ante la Red para realizar estos procedimientos.
El listado de instituciones puede
ser consultado en:
www.ins.gov.co/lineas-de-accion/Red-Nacional-Laboratorios/Paginas/marco-Legal-documentos-tecnicos-y-estadisticas.aspx
Estas mismas entidades son las
únicas autorizadas para realizar la extracción de órganos y tejidos y se
desplazan para tales procedimientos a las Instituciones Prestadoras de
Servicios de Salud donde se encuentre el donante.
7.
¿Se
puede donar en vida?
Si, algunos órganos y tejidos se
pueden donar en vida. Por ejemplo, se puede donar un órgano par como un riñón,
a un familiar o persona relacionada, siempre y cuando se cumplan con los
requisitos establecidos en la normatividad vigente. También se puede realizar donación
de un tejido como medula ósea para una persona relacionada.
8.
¿En
qué momento se realiza la donación de órganos y tejidos?
El procedimiento de donación se
realiza en el momento en que una persona fallece en situación de muerte
encefálica o por paro cardiorrespiratorio y luego de solicitar consentimiento
para la donación de sus órganos a su familia. Solo son extraídos los órganos y
tejidos que la familia haya indicado en el formulario de aceptación y aquellos
que sean aptos para trasplante luego de verificar su función con los diferentes
exámenes que se realizan. Por eso es fundamental que la persona en vida
manifieste a su familia su voluntad de ser donante.
9.
¿Cuáles
son las condiciones que debe cumplir una persona que ha muerto para que se
realice la donación?
La donación de órganos y tejidos
procede una vez se diagnostica la muerte por criterios neurológicos a una
persona (muerte encefálica). En este momento se procede a realizar una serie de
exámenes al donante para determinar la viabilidad de los órganos y tejidos.
En el caso que presente la muerte
por paro cardiorrespiratorio solo se pueden extraer tejidos.
10. ¿Qué es la muerte encefálica?
La muerte encefálica se produce
cuando una persona sufre una lesión cerebral catastrófica que ocasiona el cese
total e irreversible de la actividad de todo el cerebro, el cual es el encargado
de controlar el funcionamiento de todos los órganos.
Las personas que se encuentran en
muerte encefálica se consideran médica, ética y legalmente como cadáveres.
Es posible mantener artificialmente
y de manera temporal los órganos con medicamentos y equipos médicos mientras se
determina la posibilidad de que puedan ser donados.
11. ¿Quién puede ser donante de órganos y
tejidos?
Todos podemos ser donantes.
Solo en el momento en que la
persona fallece se determina si es apto para convertirse o no en donante,
previó al consentimiento de su familia para la donación.
En vida se puede donar un órgano
par o tejido, de acuerdo con las condiciones clínicas y legales establecidas.
La donación de órganos no tiene límite de edad; en el caso de los menores de
edad, estos pueden ser donantes con consentimiento de los padres.
12. ¿Existe en Colombia reglamentación para la
donación y el trasplante?
En Colombia existe una amplia
reglamentación de todos los aspectos relacionados con la donación y el
trasplante de componentes anatómicos, entre ellas la Ley 73 de 1988, la Ley 919
de 2004 y el Decreto 2493 de 2004, como las más importantes. Esta normativa
regula los procesos para la donación de órganos y tejidos con fines de
trasplante de personas fallecidas y en vida, los mecanismos de donación, los
aspectos técnico-científicos y las medidas sanitarias en caso de
incumplimientos.
13. ¿Qué es la presunción legal de donación?
Es un mecanismo por el cual se
pueden extraer órganos y tejidos. En Colombia, si no existe oposición a la
donación por la persona en vida o por su familia al momento de la muerte se puede
proceder a la donación de los órganos y tejidos siempre y cuando no hayan
pasado las horas máximas establecidas para asegurar la calidad de los mismos, y
no exista ninguna contraindicación médico legal en el donante para poder
extraerlos.
14. ¿Qué es la Red de donación y trasplantes?
La Red de Donación y Trasplantes
de Órganos y Tejidos fue creada por el Ministerio de la Protección Social en el
año 2004, de acuerdo con el Decreto 2493. Es un sistema de integración de los
Bancos de Tejidos y de Médula Ósea, Instituciones Prestadoras de Servicios de
Salud (IPS) habilitadas con programas de Trasplante o Implante, el Instituto
Nacional de Salud (INS), las Direcciones Departamentales y Distritales de Salud
y demás actores del sistema. Busca la coordinación de actividades relacionadas
con la promoción, donación, extracción, trasplante e implante de órganos y
tejidos, con el objeto de hacerlos accesibles en condiciones de calidad, en
forma oportuna y suficiente a la población, siguiendo los principios de
cooperación, eficacia, eficiencia, equidad y solidaridad.
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15. ¿Cómo es el proceso para ingresar a una
lista de espera?
1. Una persona
que padezca una enfermedad crónica o aguda y cuyo tratamiento pueda ser el
trasplante debe ser remitida por su médico tratante especialista para
valoración pre-trasplante a una IPS habilitada con programa de trasplante.
2. Posterior a
esta remisión, la Empresa Administradora de Planes de Beneficios a la cual esté
vinculada (Entidad Promotora de Salud -EPS- o Direcciones Departamentales y
Distritales de salud) debe autorizar el procedimiento en una IPS habilitada con
el programa del trasplante requerido, de acuerdo con lo que se concluya en el
estudio pre-trasplante.
3. Una vez el
estudio pre-trasplante determine que el paciente cumple con las condiciones clínicas
para que sea realizado el trasplante y se disponga de la autorización del asegurador,
el paciente ingresa a una lista de espera para el trasplante requerido.
4. La
realización del procedimiento del trasplante depende de que haya un donante compatible
y exista la donación de órganos para que estos puedan ser usados con este fin.
16. ¿Cómo se asignan los órganos y tejidos
donados?
La asignación de los órganos y
tejidos donados se realiza a las personas que están en lista de espera,
garantizando la equidad en la asignación, sin discriminación por razones de
origen familiar, estrato socioeconómico, sexo, raza, religión, entre otros,
respondiendo únicamente al cumplimiento de los criterios técnicos y científicos
definidos a nivel nacional para este fin.
Esta actividad es auditada y
controlada por las entidades del Gobierno, asegurando la transparencia del
proceso.
17. ¿Puedo conocer el receptor al cual se
asignaron los órganos donados?
La información relacionada con el
donante, el receptor y el proceso de donación está sujeta a reserva y por tanto
es confidencial.
18. ¿Cómo puedo ser donante?
Lo más importante es informar a
tus familiares sobre tu voluntad de ser donante para que al momento de tu
fallecimiento se informe tu decisión y se respete.
Así mismo, puedes manifestar tu
voluntad de ser donante adquiriendo el Carné único nacional de donantes, en un
trámite virtual con el Instituto Nacional de Salud. Lo más importante es que lo
converses con tu familia y que se respete tu voluntad de ser donante, finalmente
ellos deben dar el consentimiento de donación.
19. ¿Cómo puedo obtener el carné de donante?
El carné por el cual manifiestas
la voluntad de donación puedes adquirirlo en el Instituto Nacional de Salud.
Allí debes registrarte y suministrar información básica como tu nombre, tu teléfono,
tu grupo de sangre, etc. Una vez ingresada esta información puedes descargar, guardar
e imprimir tu carné cuando quieras.
20. ¿Qué pasa si no tengo acceso a internet o
correo electrónico?
Si no diligencias el campo de
correo electrónico podrás descargar de inmediato el carné que te identifica
como donante. En caso de que no dispongas de un computador o acceso a internet
puedes contactar al Instituto Nacional de Salud a través de los teléfonos:
2200925 en Bogotá y 018000113400 en el resto del país.
21. Qué debo hacer si me inscribí antes del
2014 y no tengo clave para acceder al registro de carnetización de donación?
Si te registraste antes del 2014
podrás solicitar el envío de tu clave de acceso a través del aplicativo de
carnetización, desde donde te enviarán la clave al correo electrónico
registrado.
Si no incluiste correo
electrónico cuando te registraste anteriormente, debes contactarse con el Instituto
Nacional de Salud por seguridad de tus datos a través de los teléfonos: 2200925
en Bogotá y 018000113400 en el resto del país.
22. ¿Qué debo hacer si perdí mi carné de
donante?
No hay problema. Puedes ingresar
cuando quieras al aplicativo del Instituto Nacional de Salud y descargar tu
carné. En caso de que no dispongas de un computador o acceso a internet puedes
contactar al Instituto Nacional de Salud a través de los teléfonos 2200925 en Bogotá
y 018000113400 en el resto del país.
23. ¿Qué debo hacer si quiero actualizar mis
datos?
Puedes actualizar la ficha con tu
información ingresando a tu sesión en la opción “ya soy donante”, y allí te
solicitarán tu usuario y contraseña para entrar al sistema.
24. ¿Qué debo hacer si deseo cambiar la
voluntad de donación?
Debes contactar al Instituto
Nacional de Salud a través de los teléfonos 2200925 en Bogotá y 018000113400 en
el resto del país.
25. ¿Qué debo hacer si también quiero ser
donante de sangre?
Puedes contactarte con el
Instituto Nacional de Salud, en la página web www.ins.gov.coo la línea 018000
11 34 00 para orientarte sobre el banco de sangre más cercano.
26. ¿Dónde puedo obtener más información?
Contactos del Ministerio de Salud
y Protección Social
Página web: www.minsalud.gov.co
Teléfono en Bogotá: (+57 1) 3 30
50 00 ext. 1300 – 1303
Correo Electrónico:
ecardenas@minsalud.gov.co
Dirección: Carrera 13 N° 32 – 76
Contacto del Instituto Nacional
De Salud
Página web: www.ins.gov.co
Fuente: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/